La Sociedad Argentina de Diabetes podrá constituir Capítulos en el interior de la República con los socios que residan en cada región o Provincia, para aunar y coordinar actividades que tiendan a perfeccionar la práctica de la Diabetología en todo el país. A tal efecto, se considera que cada socio pasa a formar parte automáticamente de su correspondiente Capítulo.
Solo podrá organizarse un Capítulo por cada región o Provincia. Se formará por la solicitud escrita a la Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Diabetes–Asociación Civil, de por lo menos cinco Miembros Titulares y cinco Adherentes que residan en esa región o provincia.