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Categorías de Socios

Miembros Titulares

Para la admisión con carácter de Miembro Titular, se requieren las siguientes condiciones:

a) Poseer título universitario de Médico o Doctor en Medicina, expedido por una Universidad Nacional o Extranjera reconocida por el Estado Nacional.

b) Solicitar el ingreso, por escrito, a la Comisión Directiva. El pedido deberá encontrarse avalado por dos Miembros Titulares u Honorarios, agregándose a la petición el “currículum vitae” del peticionante.

c) Contar con no menos de dos trabajos científicos presentados y aprobados por la SOCIEDAD ARGENTINA de DIABETES.

d) Obtener la MAYORIA SIMPLE de los votos escritos y secretos de la Comisión Directiva, quedando sujeta la aprobación definitiva “ad referéndum” de la Asamblea Anual Ordinaria, más próxima.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS TITULARES

a) Concurrir a las reuniones que se realicen y participar con voz y voto en las deliberaciones de la SOCIEDAD ARGENTINA de DIABETES.

b) Presentar trabajos de investigación en las reuniones y Congresos de la Entidad.

c) Elegir y ser elegidos para ocupar cargos en la Comisión Directiva.

d) Recibir las publicaciones que efectúe la SOCIEDAD ARGENTINA de DIABETES.

e) Integrar las Comisiones o Comités “ad hoc” que sean creados por la Comisión Directiva.

f) Abonar puntualmente las cuotas societarias.

g) Contribuir con los medios al alcance, a fin de llevar a la práctica las finalidades de la Sociedad.

h) Cumplir fielmente con las finalidades tenidas en cuentas para la fundación de la SOCIEDAD ARGENTINA de DIABETES, con las disposiciones de este Estatuto en lo que resulte aplicable, así como con las resoluciones de la Comisión Directiva dictadas en su legal ejercicio y las Asambleas que se realicen.

Podrán ser miembros de la SOCIEDAD ARGENTINA de DIABETES, los egresados de las Facultades o Institutos de Instrucción Terciaria, fueren Nacionales o Extranjeras reconocidas, así como aquellas entidades que acrediten interés, ya fuera relativo al ambiente científico, social o psicológico emergente del campo de la Diabetología

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Miembros Adherentes

REQUISITOS PARA SERLO

a) Para ser Miembro Adherente, se requiere poseer título de Médico o Doctor en Medicina, expedido por una Universidad Nacional o Extranjera reconocida por el Estado Nacional Argentino.

b) Presentar la pertinente solicitud a la Comisión Directiva, avalada por los Miembros Titulares u Honorarios y acompañarla de un “currículum vitae”.

c) Haber obtenido el voto favorable, escrito y secreto de la mayoría simple de la Comisión Directiva, “ad referéndum” de la celebración de la Asamblea General Ordinaria más próxima.

BENEFICIOS QUE CORRESPONDEN A LOS MIEMBROS ADHERENTES

a) Los Miembros Adherentes, gozarán de todos los derechos y tendrán las mismas obligaciones que los Miembros Titulares, excepto que carecerán de voto en las sesiones científicas y administrativas y no podrán integrar la Comisión Directiva.

b) Los Miembros Adherentes que hubieran presentado dos trabajos científicos a las Reuniones de la SOCIEDAD ARGENTINA de DIABETES, podrán solicitar su admisión como Miembros Titulares.

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Miembros Asociados

REQUISITOS PARA SERLO
Para ser Miembro Asociado se requiere:

a) Ser odontólogo, bioquímico, nutricionista, dietista, asistente social, psicólogo, sociólogo o educador egresado de Facultades o Institutos de Educación Terciaria, ya fueren nacionales o extranjeros reconocidos por el Estado Nacional Argentino.

b) Solicitar por escrito a la Comisión Directiva con el aval de dos Miembros Titulares y Honorarios y presentar el correspondiente “curriculum vitae”.

BENEFICIOS QUE CORRESPONDEN A LOS MIEMBROS ASOCIADOS

El Miembro Asociado tendrá todos los derechos y obligaciones que corresponden al Miembro Adherente, pero no podrá cambiar su condición a la de Miembro Titular.

MIEMBROS ASOCIADOS PLENOS

Todo Miembro Asociado que cuente con una antigüedad mínima de UN AÑO en la Sociedad, y otra no menor de CUATRO AÑOS desde su graduación que se encuentre incluido en las categorías a que alude el Artículo anterior en el inciso a) y que hubiere presentado un trabajo científico a la Sociedad, podrá solicitar por escrito a la Comisión Directiva, su incorporación como Miembro Asociado Pleno.

A tal fin, deberá elevar sus antecedentes, títulos, trabajos, los que serán puestos a consideración de la Subcomisión correspondiente.

Previa aceptación por la Comisión Directiva todo postulante a la calidad de Miembro Socio Pleno, será propuesto a la Asamblea Anual Ordinaria, la cual para considerar aprobado el ingreso, deberá emitir el voto favorable, por mayoría absoluta de los Miembros presentes, con quórum legal para hacerlo.

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Miembros Honorarios

REQUISITOS PARA SERLO
Podrán ser Miembros Honorarios, las personas que reúnan las condiciones para ser Miembros Titulares de la sociedad que se destaquen por su labor científica o que por la trascendencia de sus obras en pro del adelanto de la Diabetología, se hicieren acreedores a esta distinción.
Los Miembros Honorarios, podrán ser nacionales o extranjeros y gozarán de los derechos de los Miembros Titulares, pero no podrán integrar la Comisión Directiva, encontrándose exentos del pago de la cuota societaria.
No tendrán derecho a voz ni a voto, podrán ser elegidos para ocupar cargos en los órganos sociales.

DESIGNACIÓN
Serán designados por la Asamblea a propuesta de la C. D. o de un número de veinte asociados con derecho a voto.
La designación de Miembros Honorarios, ya fuere el mismo nacional o extranjero, será aprobada a propuesta del voto escrito y secreto de no menos de los DOS TERCIOS de los integrantes de la Comisión Directiva.

Miembros Corresponsales Extranjeros

REQUISITOS PARA SERLO
a) Podrán ser Miembros Corresponsales Extranjeros, los científicos o estudiosos radicados fuera de la República Argentina, que se hubieren destacado en el campo de la Diabetología.
b) Gozarán de los derechos y tendrán las obligaciones de los Miembros Adherentes.
c) Estarán exentos del pago de las cuotas societarias.
d) Serán nombrados por la Asamblea General, a propuesta de la Comisión Directiva, por los dos tercios de los votos de los Miembros Titulares presentes en la Asamblea.
DESIGNACIÓN
Los postulantes a la calidad de miembro Corresponsal Extranjero, gozarán de las atribuciones de los Miembros Honorarios de la Sociedad. Los Miembros Corresponsales Extranjeros, no podrán integrar la Comisión Directiva.
La designación de los mismos se producirá de acuerdo a lo establecido en el Art. 14 inc. d).

SOCIOS COOPERADORES

Plenos

Semiplenos

BAGÓ    CRAVERI    DENVERFARMA    SERVIER